Especialistas en el Régimen Especial de Trabajadores Desplazados (Ley Beckham), visados de nómadas digitales y planificación fiscal integral para expatriados en España.
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El Régimen Especial de Trabajadores Desplazados permite tributar como no residente durante los primeros 6 años en España, con un tipo fijo del 24% sobre rentas de trabajo.
Tipo fijo sobre rentas de trabajo hasta 600.000 €
En lugar de tributar a tipos progresivos de IRPF de hasta el 47%, los trabajadores desplazados a España tributan al tipo fijo del 24% sobre sus rendimientos del trabajo (hasta 600.000 €, el exceso al 47%). Las rentas de fuente extranjera generalmente están exentas.
No haber sido residente fiscal en España durante los 5 años anteriores al desplazamiento. Verificable mediante certificados de residencia fiscal.
Desplazamiento derivado de un contrato de trabajo con una empresa española o de una orden de desplazamiento del empleador extranjero a entidad española.
Desde la Ley de Start-ups (2023): acceso ampliado a fundadores de start-ups, trabajadores remotos, inversores e investigadores sin necesidad de contrato laboral español.
La solicitud debe presentarse mediante el Modelo 149 dentro de los 6 meses siguientes al inicio de la actividad laboral. El incumplimiento del plazo imposibilita el acogimiento.
| Renta Anual | IRPF Estándar (Madrid) | IRPF Estándar (Cataluña) | Ley Beckham (24%) | Ahorro vs Madrid | Ahorro vs Cataluña |
|---|---|---|---|---|---|
| 100.000 € | 36.500 € | 42.000 € | 24.000 € | 12.500 € | 18.000 € |
| 150.000 € | 60.000 € | 68.500 € | 36.000 € | 24.000 € | 32.500 € |
| 200.000 € | 84.000 € | 97.000 € | 48.000 € | 36.000 € | 49.000 € |
| 300.000 € | 132.000 € | 155.000 € | 72.000 € | 60.000 € | 83.000 € |
| 500.000 € | 225.000 € | 265.000 € | 128.000 € | 97.000 € | 137.000 € |
Datos estimativos. El ahorro real depende de la composición específica de rentas y circunstancias personales de cada contribuyente.
La residencia fiscal en España implica tributar en IRPF por renta mundial. Se considera residente fiscal cuando se cumple al menos uno de estos criterios:
Importante: La acreditación de residencia fiscal en otro país mediante certificado oficial puede contrarrestar la presunción española. Los CDIs suscritos por España establecen reglas de desempate (tie-breaker rules) para conflictos de doble residencia.
Introducida por la Ley 28/2022 (Ley de Start-ups): permite a trabajadores remotos y freelancers internacionales vivir en España. Pueden acogerse al RETD (Ley Beckham) desde el primer día.
Fundadores de start-ups de nueva creación pueden acogerse al régimen especial aunque su empresa no sea española. Tipo 24% sobre rentas de trabajo y actividades económicas.
Desde 2023, inversores que trasladan su residencia a España también pueden optar al régimen especial, tributando al 24% en lugar del tipo progresivo del IRPF.
Análisis de su situación fiscal actual, país de origen, activos y rentas. Estructuración óptima antes del traslado para evitar tributaciones en origen que podrían haberse planificado.
Obtención del Número de Identificación de Extranjero (NIE), empadronamiento en el municipio y apertura de cuenta bancaria española. Gestión de todos los trámites administrativos.
Presentación del Modelo 149 dentro de los 6 meses siguientes al inicio de actividad laboral. Este plazo es imperativo: su incumplimiento imposibilita el acogimiento al régimen especial.
Los acogidos al RETD presentan el Modelo 151 (en lugar del 100). Gestión de rendimientos del trabajo, capital mobiliario extranjero y análisis de convenios con el país de origen.
Al finalizar el régimen especial (6 años) o al trasladarse de vuelta, planificación de la "exit tax" española y certificación de residencia fiscal para el nuevo país de destino.
Asegúrese de aprovechar todos los beneficios fiscales disponibles. Una planificación correcta puede suponerle decenas de miles de euros de ahorro anual.
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